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Artículo 102 de la Ley 7/2018: Competencia

Título V. Inspección y régimen sancionatorio › Capítulo II. Infracciones y sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2018-11932)

Artículo 102. Competencia.

Las autoridades competentes para imponer sanciones por infracciones previstas en la presente ley serán:

a) Para la imposición de sanciones por infracciones leves, el órgano directivo competente en materia de igualdad de género de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Para la imposición de sanciones por infracciones graves, el departamento competente en materia de igualdad de género de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) Para la imposición de sanciones por infracciones muy graves, el Gobierno de Aragón.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.

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