PoliciaOpo
Premium

Artículo 23 de la Ley Orgánica 7/2021: Derechos de rectificación, supresión de datos personales y limitación de su tratamiento

Capítulo III. Derechos de las personas › Sección 1. ª Régimen general · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2021-8806)

Artículo 23. Derechos de rectificación, supresión de datos personales y limitación de su tratamiento.

1. El interesado tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento, sin dilación indebida, la rectificación de los datos personales que le conciernen, cuando tales datos resulten inexactos.

Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales cuando estos resulten incompletos.

El interesado deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Deberá acompañar, cuando sea preciso, la documentación justificativa del carácter incompleto o inexacto de los datos objeto de tratamiento.

2. El responsable del tratamiento, a iniciativa propia o como consecuencia del ejercicio del derecho de supresión del interesado, suprimirá los datos personales sin dilación indebida y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes a contar desde que tenga conocimiento, cuando el tratamiento infrinja los artículos 6, 11 o 13, o cuando los datos personales deban ser suprimidos en virtud de una obligación legal a la que esté sujeto.

3. En lugar de proceder a la supresión, el responsable del tratamiento limitará el tratamiento de los datos personales cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) El interesado ponga en duda la exactitud de los datos personales y no pueda determinarse su exactitud o inexactitud.

b) Los datos personales hayan de conservarse a efectos probatorios.

Cuando el tratamiento esté limitado en virtud de la letra a), el responsable del tratamiento informará al interesado antes de levantar la limitación del tratamiento.

4. En caso de que el responsable del tratamiento rectifique unos datos personales inexactos que provengan de otra autoridad competente, se deberá comunicar a esta la rectificación.

5. Cuando los datos personales hayan sido rectificados o suprimidos o el tratamiento haya sido limitado, el responsable del tratamiento lo notificará a los destinatarios, que deberán rectificar o suprimir los datos personales que estén bajo su responsabilidad o limitar su tratamiento.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.

Qué preguntan de este artículo

En los tests de PoliciaOpo hay 2 preguntas sobre este artículo (de temas Premium).

🔒 Practicar este artículo (2 preguntas)

Las de los temas Premium se practican en la app con Premium; aquí solo contamos cuántas son.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley Orgánica 7/2021 · Capítulo III completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.