BOA Número 9 24 de enero de 2003 1685
modifica a tiempo completo, financiándose las retribuciones con cargo al crédito contenido en la Ficha A.D.P. 2.6 «Anexo de Personal Laboral de Temporada y sustitución de Personal Laboral» y la Seguridad Social con el Concepto 160 del citado Programa (expte. 1027/2002).
to nº R.P.T. 13617, Encargado Turno Centro Fijo de Teruel, Grupo B/C, Nivel 18, C. Específico B, se amortiza y con el crédito resultante se dota el puesto nº R.P.T. 18164, Jefe de Negociado de Personal y Asuntos Generales, Grupo B/C, Nivel 20, C. Específico B, financiándose la diferencia económica con cargo a los créditos contenidos en la aplicación 20.02.612.9 172 «Otros Fondos Adicionales». (Expte. 1028/ 2002) La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, 26 de diciembre de 2002.
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero
de Presidencia y Relaciones Institucionales,
Zaragoza, 23 de diciembre de 2002.
JOSE ANGEL BIEL RIVERA
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero
El Consejero de Economía, Hacienda
de Presidencia y Relaciones Institucionales,
y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE §
JOSE ANGEL BIEL RIVERA
El Consejero de Economía, Hacienda
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES #
y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE #
CORRECCION de errores del Decreto 346/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Población de las Entidades Locales de Aragón. $ Advertido error en el Decreto de referencia, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» número 139, de fecha 25 de noviembre de 2002, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
1 9 4
ORDEN de 26 de diciembre de 2002, de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales, y de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y el Anexo Presupuestario de Personal del Departamento de Cultura y Turismo. $ La Secretaría General Técnica del Departamento de Cultura y Turismo, ha solicitado la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo y del Anexo Presupuestario de Personal de sus unidades administrativas.
1 9 3
En la página 10296, artículo 101.2 donde dice: «No obstante, los datos de población se modificarán de oficio, una vez que el Instituto Nacional de Estadística publique oficialmente el censo de población», debe decir: «No obstante, los datos de población se modificarán de oficio, una vez que el Instituto Nacional de Estadística publique oficialmente las cifras de población resultantes de las revisiones anuales de los Padrones Municipales».
La Dirección General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio ha informado respecto a los supuestos de modificación de los Anexos Presupuestarios de personal, realizando el estudio económico individualizado de las propuestas de modificación.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el Decreto 140/1996, de 26 de julio y la Orden de 7 de agosto de 1996, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Hacienda y Empleo, disponen:
#
CORRECCION de errores del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón. $ Advertidos errores materiales en el Decreto referenciado, publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» número 139, de 25 de noviembre de 2002, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
1 9 5
Primero.—Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Departamento de Cultura y Turismo en los siguientes términos:
—Puesto nº R.P.T. 6661, Jefe de Sección de Bienes Muebles, adscrito a la Dirección General de Patrimonio Cultural, se le asigna el nivel 25 de complemento de destino.
En la página 10312, artículo 115, apartado 1. Donde dice: «La permuta de bienes patrimoniales requerirá procedimiento en que, además de los extremos señalados en el artículo 108, se acredite la necesidad o conveniencia de efectuarla y la equivalencia de valores entre los bienes objeto de la misma».
—Puestos nº R.P.T. 9779 y 9780, Personal de Servicios Auxiliares, adscritos al Parque Deportivo Ebro, se suprime de Observaciones «Jornada nocturna».
Debe decir: «La permuta de bienes patrimoniales requerirá procedimiento en que, además de los extremos señalados en el artículo 108, salvo los relativos a la forma de adjudicación y al pliego de cláusulas administrativas, se acredite la necesidad o conveniencia de efectuarla y la equivalencia de valores entre los bienes objeto de la misma».
—Puesto nº R.P.T. 9787, Personal Especializado de Servicios Domésticos, adscrito al Parque Deportivo Ebro, se suprime de Observaciones «Tiempo Parcial»
Segundo.—Aprobar la modificación del Anexo Presupuestario de Personal del Departamento de Cultura y Turismo en los siguientes términos:
En la página 10313, artículo 121. Donde dice: «Toda enajenación, gravamen o permuta de bienes inmuebles habrá de comunicarse previamente, junto con el expediente instruido al efecto, al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón para su toma de conocimiento;…».
—Código Anexo 458.1F002B correspondiente al puesto nº R.P.T. 6661 Jefe de Sección de Bienes Muebles se dota con el nivel 25 de complemento de destino y su correspondiente complemento específico, financiándose la diferencia de retribuciones con cargo al crédito de la ficha de Reclasificaciones y otras incidencias del Programa 458.1 «Protección y Difusión del Patrimonio Cultural» (expte. 1026/2002)
Debe decir: «Toda enajenación, gravamen o permuta de bienes inmuebles habrá de comunicarse una vez adoptado el acuerdo correspondiente de su aprobación y previamente a la ejecución de dicho acuerdo, junto con el expediente instruido al efecto al Departamento de Presidencia y Relaciones
—Se dota en el Programa 457.1 «Fomento y Apoyo a la Actividad Deportiva» puesto nº R.P.T. 9787, Personal Especializado de Servicios Domésticos, cuya jornada de trabajo se
1686 24 de enero de 2003 BOA Número 9
rios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, Clase de Especialidad de Especialistas de Area, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo, con expresión de la Especialidad concreta de pertenencia y del primer destino adjudicado.
Institucionales del Gobierno de Aragón para su toma de conocimiento…».
En la página 10316, artículo 146, apartado 2, último párrafo. Donde dice: «El plazo se contará desde el día siguiente a aquél en que la solicitud haya tenido entrada en el registro general de la Entidad Local…», debe decir: «El plazo se contará desde el día en que la solicitud haya tenido entrada en el registro general de la Entidad local…».
Segundo: Para adquirir la condición de funcionario de carrera, los interesados deberán acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Aragón, según la fórmula aprobada por Orden de 19 de noviembre de 1986, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dictan normas en relación con los nombramientos de funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 120, de 1 de diciembre.
@ II. Autoridades y personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Asimismo deberán realizar la declaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes o, en su caso, la opción o la solicitud de compatibilidad contempladas en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
§
DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO #
ORDEN de 20 de enero de 2003, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, Clase de Especialidad Especialistas de Area (Especialidades de «Alergología», «Anatomía Patológica», «Anestesiología y Reanimación», «Hematología y Hemoterapia», «Neurología», «Psiquiatría», «Radiodiagnóstico», «Urología», «Medicina Interna», «Cirugía General y Aparato Digestivo», «Medicina Intensiva», «Medicina Familiar y Comunitaria», «Oftalmología», «Microbiología y Parasitología» y «Cardiología»). $ Concluido el proceso selectivo previsto en la Orden de 31 de octubre de 2001, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 135, de 16 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, Clase de Especialidad de Especialistas de Area, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Texto Refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y en el artículo 3.3.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, de competencias en materia de personal, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, este Departamento dispone:
1 9 6
La toma de posesión en el puesto de trabajo adjudicado habrá de efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón», a cuyo efecto los órganos correspondientes del Servicio Aragonés de Salud formalizarán las pertinentes diligencias.
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/ 1999, de 13 de enero. También podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Zaragoza, 20 de enero de 2003.
El Consejero de Economía, Hacienda
y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE
Primero: Nombrar funcionarios del Cuerpo de Funciona-