PoliciaOpo
Premium

Artículo 7 de la Ley 16/2015: Instrumentos de intervención ambiental

Título I. Prevención ambiental › Capítulo I. Ámbito y finalidad · Texto consolidado del BOE, actualizado a 12/01/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2015-5490)

Artículo 7. Instrumentos de intervención ambiental.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se establecen los siguientes instrumentos de intervención administrativa ambiental:

a) Las autorizaciones ambientales, que comprenden las siguientes categorías:

1.ª La autorización ambiental integrada para las instalaciones y actividades a las que se refiere el artículo 11.

2.ª La autorización ambiental unificada para las instalaciones y actividades a las que se refiere el artículo 14.

b) La comunicación ambiental autonómica para las instalaciones y actividades a las que se refiere el artículo 27.

c) La comunicación ambiental municipal para las instalaciones y actividades a las que se refiere el artículo 33.

d) La evaluación ambiental estratégica, que procede respecto de los planes y programas a los que se refieren los artículos 38 y 49.

e) La evaluación de impacto ambiental, que procede respecto de los proyectos a los que se refieren los artículos 62, 73 y 78.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 12/01/2026.

Qué preguntan de este artículo

En los tests de PoliciaOpo hay 1 pregunta sobre este artículo (de temas Premium).

🔒 Practicar este artículo (1 pregunta)

Las de los temas Premium se practican en la app con Premium; aquí solo contamos cuántas son.

En el temario

Este artículo en el texto completo de la Ley 16/2015 · Título I completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.