Título II de la Ley 39/2006: La calidad y eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
Artículos 34 a 41 · texto consolidado del BOE, actualizado a 05/10/2026
Los 8 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
Capítulo I. Medidas para garantizar la calidad del Sistema
- Artículo 34. Calidad en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
1. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia fomentará la calidad de la atención a la dependencia con el fin de asegurar la eficacia de las prestaciones… - Artículo 35. Calidad en la prestación de los servicios
1. Se establecerán estándares esenciales de calidad para cada uno de los servicios que conforman el Catálogo regulado en la presente Ley, previo acuerdo del Consejo…
Capítulo II. Formación en materia de dependencia
- Artículo 36. Formación y cualificación de profesionales y cuidadores
1. Se atenderá a la formación básica y permanente de los profesionales y cuidadores que atiendan a las personas en situación de dependencia. Para ello, los poderes…
Capítulo III. Sistema de información
- Artículo 37. Sistema de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
1. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del organismo competente, establecerá un sistema de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la… - Artículo 38. Red de comunicaciones
1. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la utilización preferente de las infraestructuras comunes de comunicaciones y servicios telemáticos de las…
Capítulo IV. Actuación contra el fraude
- Artículo 39. Acción administrativa contra el fraude
Las Administraciones Públicas velarán por la correcta aplicación de los fondos públicos destinados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, evitando la…
Capítulo V. Órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
- Artículo 40. Comité Consultivo
1. Se crea el Comité Consultivo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia como órgano asesor, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales… - Artículo 41. Órganos consultivos
1. Serán órganos consultivos de participación institucional del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia los siguientes: El Comité Consultivo del Sistema…
Otras partes de la Ley 39/2006
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