Título VI. Del régimen de infracciones y sanciones › Capítulo II. De las infracciones y sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025
Artículo 54. Clasificación de las infracciones.
Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de importancia del perjuicio causado, relevancia o trascendencia social de los hechos, cuantía del eventual beneficio obtenido, el grado de intencionalidad o negligencia y, en su caso, la reincidencia.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 18/12/2025.
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