Artículo 62. De la normativa aplicable.
El régimen disciplinario para el personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura será el establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el Cuerpo Nacional de Policía.
Título VI. Régimen disciplinario de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura › Capítulo I. Disposiciones generales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
El régimen disciplinario para el personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura será el establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el Cuerpo Nacional de Policía.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.
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