Artículo 22. Estructura.
1. Orgánicamente, la Policía Local se estructurará en los siguientes grupos, subgrupos, escalas y categorías:
Grupo A, Subgrupo A1: Escala Superior o de mando, que comprende las categorías de:
a) Superintendente.
b) Intendente Principal.
c) Intendente.
Grupo A, Subgrupo A2: Escala Técnica, que comprende las categorías de:
a) Inspector.
b) Subinspector.
Grupo C, Subgrupo C1: Escala Ejecutiva, que comprende las categorías de:
a) Oficial.
b) Policía.
2. No se podrá crear un puesto de una de las categorías contempladas en el apartado anterior sin que existan todas las inferiores y no podrá haber en la estructura más de dos puestos de la misma categoría sin que exista el inmediato superior.