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Artículo 82 de la Ley Orgánica 6/2006: El Consejo Audiovisual de Cataluña

Título II. De las instituciones › Capítulo V. Otras instituciones de la Generalitat › Sección Cuarta. Regulación del Consejo Audiovisual de Cataluña · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/08/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2006-13087)

Artículo 82. El Consejo Audiovisual de Cataluña.

El Consejo Audiovisual de Cataluña es la autoridad reguladora independiente en el ámbito de la comunicación audiovisual pública y privada. El Consejo actúa con plena independencia del Gobierno de la Generalitat en el ejercicio de sus funciones. Una ley del Parlamento debe establecer los criterios de elección de sus miembros y sus ámbitos específicos de actuación.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/08/2026.

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