Capítulo VI del Real Decreto 892/2024: Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
Artículos 21 a 23 · texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025
Los 3 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
- Artículo 21. Requisitos de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
Los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Estar acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 como entidades… - Artículo 22. Habilitación de Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
1. La persona física o jurídica que, cumpliendo los requisitos del artículo anterior, desee ejercer su actividad como Servicio Técnico de Vehículos Históricos, deberá… - Artículo 23. Supervisión y control de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
1. Los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos han de adecuar su actuación a la naturaleza de su actividad, determinada en el presente reglamento. 2. Los Servicios…
Otras partes del Real Decreto 892/2024
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