Título V de la Ley 1/2004: Protección y asistencia a las víctimas
Artículos 17 a 22 · texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025
Los 6 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
- Artículo 17. Medidas de asistencia
El Gobierno de Cantabria pondrá a disposición de las víctimas de violencia de género, sus hijos e hijas o personas sujetas a su tutela o acogimiento un centro de… - Artículo 18. Personación de la Comunidad Autónoma de Cantabria en juicio
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Dirección General del Servicio Jurídico, previa evaluación de los hechos por parte de la… - Artículo 19. Medidas de urgencia
El Gobierno de Cantabria prestará asistencia inmediata a las mujeres víctimas de malos tratos y menores a su cargo o personas bajo su tutela o acogimiento… - Artículo 20. Atención sanitaria
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria garantizará la existencia, permanente actualización y difusión de un protocolo que contemple pautas uniformes… - Artículo 21. Acceso a una vivienda temporal
El Gobierno de Cantabria promoverá que las mujeres residentes en Cantabria víctimas de violencia de género que terminen su periodo de estancia en el centro de acogida… - Artículo 22. Integración socio-laboral
1. El Gobierno de Cantabria, respetando siempre la intimidad de las mujeres víctimas de violencia de género, promoverá la integración socio-laboral de aquellas que…
Otras partes de la Ley 1/2004
Título V en el texto completo · Todas las leyes del temario
Texto consolidado del BOE. PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.