Título IV. DEL RÉGIMEN DE INSPECCIONES Y SANCIONES › Capítulo II. Régimen sancionador · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Artículo 52. Sanciones por la comisión de faltas leves.
Las faltas leves pueden ser sancionadas con:
a) Una multa de 300 a 1.000 euros y, en caso de reincidencia en la comisión de faltas leves, de hasta 2.000 euros.
b) Si los infractores son espectadores o usuarios, una multa de 50 a 150 euros y, en caso de reincidencia en la comisión de faltas leves, de hasta 300 euros.
Se modifica el apartado a) por el art. 94 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre. .
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025. La nota en gris dice qué norma cambió el artículo y cuándo.
Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.