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Artículo 100 de la Ley 20/2006: Potestad normativa reglamentaria

Título V. Disposiciones comunes a las entidades locales › Capítulo III. Reglamentos, ordenanzas y bandos · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/07/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2007-1893)

Artículo 100. Potestad normativa reglamentaria.

Los municipios tienen potestad normativa reglamentaria, como expresión del principio democrático en el cual se fundamentan, en el ámbito de sus competencias. Esta potestad está limitada por los principios de jerarquía normativa y de competencia.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/07/2026.

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