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Artículo 2 de la Ley 4/2003: Principios generales

Capítulo I. Disposiciones generales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 14/07/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2003-9620)

Artículo 2. Principios generales.

El sistema general de seguridad pública de Cataluña se inspira en los principios siguientes:

a) Prevención de los riesgos y de las amenazas.

b) Adecuación del servicio público a la demanda social.

c) Proximidad a los ciudadanos y descentralización de los servicios públicos.

d) Eficacia de la acción pública y eficiencia en la asignación de recursos y medios.

e) Planificación y evaluación de las actuaciones.

f) Proporcionalidad de la intervención pública.

g) Corresponsabilidad y complementariedad de autoridades y administraciones.

h) Coordinación y cooperación entre autoridades, administraciones y servicios.

i) Transparencia e información a los ciudadanos.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 14/07/2026.

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