Título IV de la Ley 5/2002: De la organización y competencias de las Administraciones Públicas
Artículos 41 a 46 · texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025
Los 5 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
- Artículo 41. De la Comunidad Autónoma
1. Corresponde a la Comunidad de Madrid en el marco de las atribuciones recogidas en su Estatuto de Autonomía el ejercicio de las competencias en materia de… - Artículo 42. De la Consejería de Sanidad
Además de aquellas otras competencias que le vienen atribuidas, le corresponde a la Consejería de Sanidad: 1. El control de los centros, servicios, establecimientos y… - Artículo 44. Del Organismo autónomo competente sobre las Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos
El Organismo competente en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos en la Comunidad de Madrid será la Agencia Antidroga, a la que corresponde de… - Artículo 45. De las Corporaciones Locales
1. Sin perjuicio de las demás competencias que el ordenamiento vigente les atribuye y en el marco de las mismas, corresponde a los Ayuntamientos de la Comunidad de… - Artículo 46. De las instituciones públicas y privadas
Los poderes públicos promoverán acciones de apoyo a las instituciones públicas y privadas que actúen en el ámbito de las drogodependencias y otros trastornos adictivos…
Otras partes de la Ley 5/2002
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