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Artículo 53 de la Ley 5/2007: Sanciones pecuniarias

Título VII. Régimen sancionador en materia de protección civil y gestión de emergencias › Capítulo I. Infracciones y sanciones › Sección 2. ª Sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2007-11324)

Artículo 53. Sanciones pecuniarias.

1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 15.001 hasta 600.000 euros.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 1.001 hasta 15.000 euros.

3. Las infracciones leves se sancionarán con multas de 60 hasta 1.000 euros.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

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