Artículo 61. Clasificación de las faltas.
Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los miembros de los Cuerpos de Policía Local de La Rioja y Auxiliares de Policía podrán ser leves, graves y muy graves.
Título VII. Régimen disciplinario · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los miembros de los Cuerpos de Policía Local de La Rioja y Auxiliares de Policía podrán ser leves, graves y muy graves.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.
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