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Artículo 10 de la Ley 7/2011: Obligación de resolver y plazo

Título I. Declaraciones responsables, autorizaciones y licencias › Capítulo II. Régimen general de las declaraciones responsables, autorizaciones y licencias · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2011-7840)

Artículo 10. Obligación de resolver y plazo.

1. Las Administraciones Públicas competentes en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos están obligadas a dictar resolución expresa, en todas las solicitudes de autorizaciones o licencias sometidas al ámbito de aplicación de esta Ley que les sean presentadas.

2. El plazo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el órgano competente para su tramitación. En el caso de pruebas deportivas el plazo para resolver y notificar será de un mes.

3. Transcurrido el plazo sin que se haya producido la notificación de la resolución, el interesado podrá entender otorgada la autorización o licencia solicitada. Todo ello, sin perjuicio de la obligación por parte de la Administración de dictar resolución expresa.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

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