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Artículo 181 de la Ley Orgánica 6/2006: Participación en la ordenación general de la actividad económica

Título V. De las relaciones institucionales de la Generalitat › Capítulo I. Relaciones de la Generalitat con el Estado y con otras Comunidades Autónomas › Sección Segunda. Participación en Instituciones y en procedimientos de toma de decisiones estatales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/08/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2006-13087)

Artículo 181. Participación en la ordenación general de la actividad económica.

La Generalitat participa en la elaboración de las decisiones estatales que afectan a la ordenación general de la actividad económica en el marco de lo establecido en el artículo 131.2 de la Constitución.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/08/2026.

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