Título III. Detección y atención de la violencia de género › Capítulo III. Detección y atención de la violencia de género en los servicios sociales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025
Artículo 34. Planes de servicios sociales y encuestas.
1. En la planificación general del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales, así como en el plan estratégico de este sistema y en la correspondiente planificación sectorial, se incluirán medidas respecto a la violencia contra las mujeres, como medidas de protección social, su estudio desde el punto de vista de los servicios sociales y el refuerzo de las actuaciones de abordaje en este ámbito.
2. En el Sistema Riojano de Información de Servicios Sociales se incluirán indicadores sobre la violencia ejercida contra las mujeres.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.
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