Título IV de la Ley 15/2012: Sistema vasco de atención de emergencias y protección civil
Artículos 58 a 62 · texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Los 5 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
- Artículo 58. Concepto
1. En el marco de sus respectivas competencias, las administraciones públicas vascas conforman un sistema de atención de emergencias y protección civil, integrado y… - Artículo 59. Elementos vulnerables
Los elementos vulnerables a proteger por el sistema vasco de atención de emergencias y protección civil son: a) Las personas y su integridad. b) Los servicios básicos o… - Artículo 60. Servicios básicos y complementarios
1. Integran el sistema vasco de atención de emergencias y protección civil todas las organizaciones, colectivos, entidades o instituciones que tienen por objeto la… - Artículo 61. Régimen aplicable
1. La actuación de las Administraciones públicas del País Vasco se ajustará a lo previsto en esta ley y en la Ley 1/1996, de 3 de abril, de gestión de emergencias, sin… - Artículo 62. Emergencias derivadas de actuaciones criminales o con múltiples víctimas
1. Las previsiones generales contenidas en la normativa sobre gestión de emergencias resultarán igualmente de aplicación a las emergencias provocadas con intención…
Otras partes de la Ley 15/2012
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