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Artículo 41 de la Ley 4/2015: Cuantía de las sanciones

Título III. De las infracciones y sanciones · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2015-4847)

Artículo 41. Cuantía de las sanciones.

1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 600 euros.

2. Las infracciones graves serán sancionadas con multas desde 601 euros hasta 10.000 euros.

3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa desde 10.001 hasta 600.000 euros y/o cierre temporal, total o parcial, del establecimiento, centro, local o empresa, por un periodo de hasta cinco años.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

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