Título IV de la Ley 6/1997: Del acceso y de la promoción profesional
Artículos 21 a 34 · texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025
Los 14 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 7 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Capítulo I. Provisión de puestos
- Artículo 21 · 1 pregunta
1. La selección de los aspirantes al acceso de los diferentes empleos de los Cuerpos de Policía Local de Canarias se regirá por las bases de la respectiva convocatoria… - Artículo 22 · 3 preguntas
1. El acceso al empleo de Policía se realizará por oposición libre, según las respectivas bases de cada convocatoria que, en cualquier caso, deberá contener los… - Artículo 23
El acceso a las categorías de Cabo, Sargento y Suboficial se realizará por promoción interna, mediante concurso-oposición, entre los miembros del Cuerpo que tengan un… - Artículo 24
1. El acceso a los empleos de Oficial, Subinspector e Inspector se realizará por concurso-oposición libre, siendo requisito indispensable superar un curso selectivo en… - Artículo 25
1. La regulación de la composición y funcionamiento de los Tribunales de oposición y de los órganos similares se rige por la normativa general sobre función pública… - Artículo 26
Para asistir a los cursos de selección de la Academia Canaria de Seguridad se requerirá el nombramiento como funcionario en prácticas, tras la superación de la fase de… - Artículo 27 · 1 pregunta
Antes de tomar posesión del cargo, los miembros de las Policías Locales jurarán o prometerán acatar la Constitución Española, como norma fundamental del Estado, y… - Artículo 28
De conformidad con lo previsto en la legislación sobre función pública, las Corporaciones Locales podrán convocar anualmente, dentro del primer trimestre de cada… - Artículo 29
Las Consejerías competentes en materia de coordinación de Policías Locales y de función pública establecerán, conjuntamente, los sistemas de coordinación necesarios…
Capítulo II. La carrera profesional
- Artículo 30
1. La Academia Canaria de Seguridad elaborará un plan de carrera profesional que será aprobado por el Consejo de Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero…
Capítulo III. La Academia Canaria de Seguridad
- Artículo 31
1. Se crea la Academia Canaria de Seguridad como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería competente en materia de coordinación de… - Artículo 32
El Gobierno de Canarias establecerá mediante reglamento, un sistema de ayudas económicas que se estimen más adecuadas para los que accedan como alumnos a la Academia…
Capítulo IV. Segunda actividad
- Artículo 33 · 1 pregunta
1. Los Policías Locales podrán pasar, previo acuerdo del Pleno, a la situación de segunda actividad en los siguientes supuestos: a) por disminución de su capacidad para… - Artículo 34 · 1 pregunta
1. El Tribunal que debe emitir el dictamen médico a que se refiere el artículo anterior, se compondrá de tres Médicos, uno designado por el Ayuntamiento, otro designado…
Otras partes de la Ley 6/1997
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