Libro I. Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal. › Título II. De las personas criminalmente responsables de los delitos · Texto consolidado del BOE, actualizado a 09/04/2026
Artículo 31.
El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no concurran en él las condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura de delito requiera para poder ser sujeto activo del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo nombre o representación obre.
Se modifica por el art. único.19 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. .
Se suprime el apartado 2 por el art. único.3 de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
Se modifica por el art. único.1 de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 09/04/2026. Las 3 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.
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El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.