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Artículo 46 de la Ley Orgánica 5/2007: Disposiciones generales

Título II. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón › Capítulo II. El Presidente · Texto consolidado del BOE, actualizado a 02/10/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2007-8444)

Artículo 46. Disposiciones generales.

1. El Presidente de Aragón es elegido por las Cortes de Aragón, de entre sus Diputados y Diputadas, y nombrado por el Rey.

2. El Presidente ostenta la suprema representación de Aragón y la ordinaria del Estado en este territorio. Preside el Gobierno de Aragón y dirige y coordina su acción.

3. El Presidente responde políticamente ante las Cortes de Aragón.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 02/10/2026.

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