Título I. Administración de la seguridad › Capítulo III. Mecanismos de control y transparencia › Sección 2. ª Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025
Artículo 20. Informes.
Finalizado su estudio, la comisión emitirá un informe resumiendo las circunstancias del caso; las actuaciones realizadas; la evaluación de la corrección de la actuación policial conforme a las normas, estándares, procedimientos y protocolos de actuación vigentes; el análisis de los problemas subyacentes, y formulará una recomendación, que puede incluir, en su caso, la propuesta de medidas correctoras, preventivas o de mejora para hacer frente a las carencias o para evitar que se repitan los problemas detectados.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.
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