Título I de: Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refun: Administración de la seguridad
Artículos 5 a 33 · texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025
Los 29 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 3 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Capítulo I. Órganos y competencias
- Artículo 5. Autoridades en materia de seguridad
Son autoridades en materia de seguridad en el ámbito de las atribuciones de esta Comunidad Autónoma las señaladas en el artículo 4 de la Ley 15/2012, de 28 de junio, de… - Artículo 6. Departamento competente en materia de seguridad
1. El departamento del Gobierno Vasco competente en materia de seguridad, de conformidad con los objetivos generales establecidos por el Gobierno, es el órgano… - Artículo 7. Municipios
Los municipios participan en el mantenimiento de la seguridad en los términos establecidos en esta ley, la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de… - Artículo 8. Academia Vasca de Policía y Emergencias
La Academia Vasca de Policía y Emergencias es la responsable de la capacitación profesional y, en su caso, selección, del personal de los Cuerpos y servicios de la…
Capítulo II. Consejo de la Ertzaintza
- Artículo 9. Naturaleza y composición · 1 pregunta
1. Se crea el Consejo de la Ertzaintza como órgano paritario, de consulta y propuesta de la Ertzaintza. 2. El Consejo, bajo la presidencia de la persona titular del… - Artículo 10. Funciones
Corresponde al Consejo de la Ertzaintza: a) Formular propuestas relativas a los criterios de aplicación en el desarrollo de los concursos para la provisión de puestos… - Artículo 11. Designación
1. La designación y cese de las personas que representen al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de seguridad corresponderá a su titular. 2. La… - Artículo 12. Cese
1. Quienes ostenten la representación del personal funcionario perderán su condición por alguna de las siguientes causas: a) Expiración del mandato, que lo será por el…
Capítulo III. Mecanismos de control y transparencia
- Artículo 13. Mecanismos de control
1. La Policía del País Vasco responde frente a la ciudadanía de la corrección y eficacia de sus actuaciones mediante los mecanismos previstos en la presente ley, además… - Artículo 14. Presentación de quejas
1. La ciudadanía podrá presentar quejas sobre el funcionamiento de los servicios policiales en la Oficina de iniciativas ciudadanas para la mejora del sistema de… - Artículo 15. Métodos alternativos de resolución
1. Podrán arbitrarse métodos alternativos de resolución de conflictos, tales como la mediación, cuando estos puedan proporcionar una satisfacción de forma más eficaz y… - Artículo 16. Seguimiento y publicidad
1. Ekinbide realizará un seguimiento del conjunto de quejas presentadas para analizar la existencia de elementos recurrentes e investigar sus causas. 2. Se dará… - Artículo 17. Creación y funciones
1. Se crea la Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco como órgano colegiado con autonomía funcional respecto de la institución policial y del… - Artículo 18. Composición · 1 pregunta
1. La Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco estará compuesta por la persona que ostente su presidencia y otras cinco personas nombradas por… - Artículo 19. Investigaciones
1. La intervención de la comisión se realizará a solicitud del titular del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de seguridad, de la autoridad municipal… - Artículo 20. Informes
Finalizado su estudio, la comisión emitirá un informe resumiendo las circunstancias del caso; las actuaciones realizadas; la evaluación de la corrección de la actuación… - Artículo 21. Transparencia de la Comisión
1. Se dará publicidad y difusión a la existencia de la Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco sus funciones y funcionamiento y del trabajo…
Capítulo IV. Código deontológico
- Artículo 22. Principios generales
1. El servicio público de policía se ejercerá con respeto a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico, y al mismo incumbe cumplir… - Artículo 23. Relaciones con la justicia
Las personas que integran de la Policía del País Vasco respetarán la autoridad de los Tribunales, y, en el desempeño de su función como Policía Judicial, estarán al… - Artículo 24. Neutralidad, imparcialidad e integridad
1. Las personas que integran la Policía del País Vasco actuarán con absoluta neutralidad política e imparcialidad, y evitarán cualquier práctica abusiva o arbitraria… - Artículo 25. Transparencia y relaciones con la ciudadanía
1. En sus relaciones con la ciudadanía el personal de la Policía del País Vasco: a) Observará un trato correcto y esmerado, actuando con empatía, y auxiliándoles en… - Artículo 26. Jerarquía, autoridad y subordinación
En su actuación profesional las personas integrantes de la Policía del País Vasco se regirán por los principios de jerarquía y subordinación, debiendo respeto y… - Artículo 27. Confidencialidad
Deberán guardar secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones, salvo que su ejercicio o las… - Artículo 28. Deber de actuación permanente
El personal de la Policía del País Vasco está obligado, incluso fuera del servicio, a observar los deberes inherentes a su función, debiendo intervenir siempre en… - Artículo 29. Principios de intervención y uso de armas · 1 pregunta
1. En el ejercicio de sus funciones, el personal de la Policía del País Vasco actuará con la decisión necesaria, sin recurrir a la fuerza más allá de lo razonable y… - Artículo 30. Detención
Cuando detengan a una persona, deberán identificarse debidamente como miembros de la Policía del País Vasco, y darán cumplimiento con la debida diligencia a los… - Artículo 31. Personas bajo custodia
1. El personal de la Policía del País Vasco velará por la vida e integridad física de las personas a quienes detenga o que se encuentren bajo su custodia, y respetará… - Artículo 32. Responsabilidad y defensa jurídica
1. Toda persona integrante de la Policía del País Vasco es responsable personal y directa de los actos que lleve a cabo en su actuación profesional infringiendo o… - Artículo 33. Denuncia de violaciones del código
Cuando tengan motivos fundados para creer que se ha producido o va a producirse una violación del presente código, informarán a sus superiores y, si fuera necesario, a…
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