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Artículo 53 de: Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refun: Participación en foros

Título II. Organización de la Policía del País Vasco › Capítulo II. El Cuerpo de la Policía Autónoma Vasca o Ertzaintza › Sección 3. ª Policía judicial · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2020-9740)

Artículo 53. Participación en foros.

Se fomentará por el departamento del Gobierno Vasco competente en seguridad la participación de la Ertzaintza en las comisiones y foros regionales, estatales e internacionales relevantes relativos a la coordinación de actividades de investigación criminal y Policía judicial.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.

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