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Artículo 27 de la Ley 15/2012: Dirección de Administración y Servicios

Título II. La Academia Vasca de Policía y Emergencias › Capítulo II. Gobierno, organización y funcionamiento · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2012-9665)

Artículo 27. Dirección de Administración y Servicios.

Corresponde a la Dirección de Administración y Servicios de la Academia ejercer la responsabilidad directa de la gestión económica, patrimonial y presupuestaria, y la gestión de los servicios generales y recursos humanos de la academia en los términos que se establezcan reglamentariamente, así como las competencias que, en su caso, le delegue el director o directora general de la academia y sustituirle temporalmente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

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