Capítulo II de la Ley 2/2007: De la Coordinación de las Policías Locales
Artículos 9 a 16 · texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Los 8 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 18 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Sección 1. ª Principios generales
- Artículo 9. Concepto de coordinación · 1 pregunta
A los efectos de la presente ley, se entiende por coordinación el establecimiento, con respeto de la autonomía municipal, de marcos de actuación integrados dentro del… - Artículo 10. Funciones de coordinación · 2 preguntas
1. La actividad coordinadora de las policías locales corresponde al Principado de Asturias. El ejercicio de tal actividad comprende las siguientes funciones: a)… - Artículo 11. Las normas-marco · 1 pregunta
1. Las normas-marco, que habrán de acomodarse a lo dispuesto en la legislación del Estado, tienen como fines: a) Promover la homogeneización de los distintos Cuerpos de… - Artículo 12. Órganos competentes · 1 pregunta
1. Las normas-marco a las que refiere el artículo anterior serán aprobadas por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo de la Comisión de Coordinación…
Sección 2. ª De la Comisión de Coordinación de las Policías Locales
- Artículo 13. Comisión de Coordinación de las Policías Locales · 1 pregunta
La Comisión de Coordinación de las Policías Locales es el máximo órgano deliberante y de participación en materia de coordinación de policías locales, que se adscribe a… - Artículo 14. Composición · 7 preguntas
1. La Comisión de Coordinación de las Policías Locales estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: Quien sea titular de la Consejería competente por razón… - Artículo 15. Régimen de funcionamiento · 2 preguntas
1. La Comisión de Coordinación de las Policías Locales se reunirá en sesión ordinaria con carácter semestral y en sesión extraordinaria, a iniciativa de la Presidencia… - Artículo 16. Funciones de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales · 3 preguntas
Son funciones de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales las siguientes: a) Emitir informe preceptivo sobre las normas-marco que se dicten en desarrollo de…
Otras partes de la Ley 2/2007
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