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Artículo 22 de: Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Estructura de las Policías Locales de Navarra

Título III. De las Policías Locales de Navarra · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/03/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2018-16533)

Artículo 22. Estructura de las Policías Locales de Navarra.

De acuerdo con las ratios establecidas en el artículo anterior, las Policías Locales de Navarra contarán, al menos, con los siguientes empleos:

a) Entidades Locales de entre 7.000 y 10.000 habitantes: mínimo 6 Agentes y 1 Agente Primero o Agente Primera.

b) Entidades Locales de más de 10.000 habitantes: mínimo 12 Agentes y 3 Agentes Primeros.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/03/2026.

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