Artículo 36. Titulación académica.
La titulación académica que se exigirá para el acceso a los respectivos empleos en las Policías de Navarra será la correspondiente a los niveles establecidos en el artículo 31 de la presente ley foral.
Título IV. Del Estatuto del Personal de las Policías de Navarra › Capítulo I. Ingreso, selección y provisión de puestos de trabajo · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/03/2026
La titulación académica que se exigirá para el acceso a los respectivos empleos en las Policías de Navarra será la correspondiente a los niveles establecidos en el artículo 31 de la presente ley foral.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/03/2026.
Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.
Este artículo en el texto completo de: Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra · Título IV completo · Todas las leyes del temario
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.