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Artículo 40 de: Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Acceso al empleo de Inspector o Inspectora

Título IV. Del Estatuto del Personal de las Policías de Navarra › Capítulo I. Ingreso, selección y provisión de puestos de trabajo · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/03/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2018-16533)

Artículo 40. Acceso al empleo de Inspector o Inspectora.

El acceso al empleo de Inspector o Inspectora se efectuará en la forma y mediante los procedimientos siguientes:

a) Dos tercios de las plazas mediante promoción interna, por el procedimiento de concurso de ascenso de categoría, entre Subinspectores o Subinspectoras de las Policías de Navarra que cuenten con más de tres años de antigüedad en dicho empleo y que tengan la titulación correspondiente exigida para el ingreso en el nivel B de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

En las convocatorias a que se refiere el apartado anterior se establecerá un turno de promoción interna para integrantes de la propia Policía y un turno con el resto de las plazas vacantes abierto a integrantes de todas las Policías de Navarra que cumplan los requisitos establecidos.

A efectos de la aplicación de este apartado, de cada tres vacantes que se produzcan, se reservarán la primera y la tercera al turno de promoción interna y la segunda al turno abierto.

Las plazas que no se cubran en dicho turno abierto se acumularán al turno de promoción interna.

Los procedimientos de concurso de ascenso de categoría deberán incluir, al menos, la realización con carácter eliminatorio de una prueba teórico-práctica sobre el contenido y funciones del empleo al que se aspira. Asimismo, podrán incluir la realización de pruebas psicotécnicas no eliminatorias destinadas a medir la adecuación de los aspirantes al perfil profesiográfico del puesto.

b) Un tercio de las plazas será cubierto mediante la celebración de las pruebas selectivas para el ingreso en las Policías de Navarra a las que se refiere el artículo 34 de esta ley foral, para quienes dispongan de la titulación exigida para el ingreso en el nivel B y cumplan los demás requisitos que establezca la convocatoria. Las plazas que no se cubran en este turno se proveerán mediante promoción interna.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/03/2026.

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