Título V. De las relaciones institucionales de la Generalitat › Capítulo III. Acción exterior de la Generalitat · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/08/2026
Artículo 198. Participación en organismos internacionales.
La Generalitat debe participar en los organismos internacionales competentes en materias de interés relevante para Cataluña, especialmente la UNESCO y otros organismos de carácter cultural, en la forma que establezca la normativa correspondiente.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/08/2026.
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