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Artículo 200 de la Ley Orgánica 6/2006: Proyección internacional de las organizaciones de Cataluña

Título V. De las relaciones institucionales de la Generalitat › Capítulo III. Acción exterior de la Generalitat · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/08/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2006-13087)

Artículo 200. Proyección internacional de las organizaciones de Cataluña.

La Generalitat debe promover la proyección internacional de las organizaciones sociales, culturales y deportivas de Cataluña y, si procede, su afiliación a las entidades afines de ámbito internacional, en el marco del cumplimiento de sus objetivos.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/08/2026.

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