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Artículo 215 de la Ley Orgánica 6/2006: El patrimonio de la Generalitat

Título VI. De la financiación de la Generalitat › Capítulo II. El presupuesto de la Generalitat · Texto consolidado del BOE, actualizado a 17/08/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2006-13087)

Artículo 215. El patrimonio de la Generalitat.

1. El patrimonio de la Generalitat está integrado por los bienes y derechos de los que es titular y por los que adquiera por cualquier título jurídico.

2. Una ley del Parlamento debe regular la administración, defensa y conservación del patrimonio de la Generalitat.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 17/08/2026.

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