Título IV. Señalización › Capítulo VI. De los tipos y significados de las señales de circulación y marcas viales › Sección 4. ª De las señales verticales de circulación › Subsección 1. ª De las señales de advertencia de peligro · Texto consolidado del BOE, actualizado a 01/10/2026
Artículo 149. Uso de señales en obra y otras actuaciones.
En cualquier tipo de obra, actividad en la vía o tramos en servicio dispuestos como tramos de ensayo se usará la señalización recogida en el anexo I.
Únicamente de forma justificada se podrán utilizar señales distintas a las recogidas en el anexo I.
Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 465/2025, de 10 de junio.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 01/10/2026. La nota en gris dice qué norma cambió el artículo y cuándo.
Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.