PoliciaOpo
Premium

Artículo 14 de la Ley 7/2017: Naturaleza jurídica

Título III. De la Policía de las Corporaciones Locales › Capítulo I. Los cuerpos y plantillas de Policía Local · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2017-10455)

Artículo 14. Naturaleza jurídica.

1. Los Cuerpos de Policía Local son institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada bajo la jefatura superior y dependencia directa de la alcaldía respectiva, que podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones cuando así lo prevea la normativa aplicable.

2. En los Municipios en los que exista Cuerpo de Policía Local, este será propio y único con la denominación genérica de Cuerpo de Policía Local, y sus dependencias con la denominación de Jefatura de la Policía Local, sin perjuicio de la organización interna que adopte cada ayuntamiento.

3. En el ejercicio de sus funciones, los miembros de los Cuerpos o Plantillas de Policía Local tienen el carácter de agentes de la autoridad y han de tener la condición de funcionarios de carrera.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

Qué preguntan de este artículo

Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley 7/2017 · Título III completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.