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Artículo 84 de: Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Notificación y anotación

Título IV. Del Estatuto del Personal de las Policías de Navarra › Capítulo VIII. Régimen disciplinario · Texto consolidado del BOE, actualizado a 11/03/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2018-16533)

Artículo 84. Notificación y anotación.

La Resolución que ponga fin al expediente disciplinario se notificará al interesado y, en caso de ser sancionadora, se anotará en su expediente personal.

Igualmente, se dará traslado de la Resolución a los órganos administrativos necesarios.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 11/03/2026.

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