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Artículo 31 de la Ley Orgánica 10/2022: Formación del personal en el exterior

Título III. Formación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 01/09/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2022-14630)

Artículo 31. Formación del personal en el exterior.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación proporcionará formación inicial y continua al personal funcionario y contratado localmente que se encargue, en el ámbito de la asistencia consular o en cualesquiera otras funciones, de la atención a las víctimas españolas de violencias sexuales en el extranjero.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 01/09/2026.

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