PoliciaOpo
Premium

Artículo 66 de la Ley 7/2017: Faltas graves en el ámbito docente

Título VI. Régimen disciplinario de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura › Capítulo II. Régimen específico de infracciones y sanciones en el ámbito docente de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2017-10455)

Artículo 66. Faltas graves en el ámbito docente.

Son faltas graves en el ámbito docente:

1. Concurrir a espectáculos públicos u otros lugares anticipando la calidad de miembro de los Cuerpos de Policía Local, así como la de alumno del citado Cuerpo, en circunstancias que no lo precisen.

2. Cualquier acto susceptible de provocar en otros alumnos el relajamiento de la disciplina académica.

3. Las manifestaciones públicas de crítica o disconformidad respecto a las decisiones de los órganos directivos o profesores de la Academia, sin utilizar el procedimiento adecuado.

4. Causar daños en el material e instalaciones maliciosamente o por negligencia inexcusable.

5. La desconsideración, menosprecio y vejación hacia los compañeros.

6. La comisión de una falta tipificada como leve, habiendo sido sancionado como responsable de otras dos faltas leves durante el mismo curso o en el plazo de un año, siempre que estas últimas sanciones sean firmes en vía administrativa.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

Qué preguntan de este artículo

Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley 7/2017 · Título VI completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.