Título V de la Ley 7/2017: Selección, provisión de puestos, movilidad y formación
Artículos 46 a 61 · texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Los 16 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 3 preguntas sobre los artículos de esta parte.
🔒 Practicar toda la ley (35 preguntas)
Capítulo I. Selección
- Artículo 46. Distribución de competencias · 1 pregunta
1. Corresponde a los ayuntamientos la competencia para la selección de nuevo ingreso, la promoción y la movilidad del personal de las Policías Locales, de acuerdo con… - Artículo 47. Sistemas de acceso · 1 pregunta
1. Los sistemas de acceso a las diferentes categorías de la Policía Local de Extremadura son el turno libre y la promoción, en sus variantes interna y externa, en… - Artículo 48. Requisitos para el acceso
1. Para poder participar en los procesos selectivos de acceso a las categorías de los Cuerpos de Policía Local o a las plazas de policías en los ayuntamientos que no… - Artículo 49. Requisitos para la promoción
1. Para la promoción, los aspirantes deben cumplir, además de los que prevé la legislación básica para acceder a la función pública, los siguientes requisitos: a) En el… - Artículo 50. Sistemas de selección
1. El sistema de selección para el acceso a categoría de agente de los Cuerpos de Policía Local y de agentes en los ayuntamientos que no hayan constituido Cuerpo de…
Capítulo II. Provisión de puestos de trabajo
- Artículo 51. Sistemas de provisión de puestos de trabajo
1. Los puestos de trabajo de las diferentes categorías se proveerán por los sistemas de concurso o por libre designación, mediante convocatoria pública. 2. Los sistemas… - Artículo 52. Libre designación
La libre designación es un sistema de provisión de los puestos de trabajo excepcional, para los casos que impliquen una elevada responsabilidad o requieran de una… - Artículo 53. El concurso · 1 pregunta
1. El concurso es el sistema normal de provisión de puestos de trabajo, y consiste en la comprobación y valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, de las… - Artículo 54. Comisión de servicio
El personal de los Cuerpos de Policía Local y de los policías en los ayuntamientos que no hayan constituido Cuerpo de Policía Local podrán pasar a ocupar temporalmente…
Capítulo III. Movilidad y permuta de puestos
- Artículo 55. Movilidad
1. El personal de los Cuerpos de Policía Local y los Policías de los ayuntamientos que no hayan constituido Cuerpo de Policía podrán participar en los procesos de… - Artículo 56. Permuta de puestos
1. Las alcaldías, con el informe previo de las jefaturas respectivas, pueden autorizar la permuta de destinos entre el personal de los Cuerpos de Policía Local y de los…
Capítulo IV. Formación
- Artículo 57. Formación
1. De acuerdo con el artículo 8 de esta ley, corresponde a la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales, mediante la Academia de Seguridad… - Artículo 58. Formación externa
1. Los ayuntamientos podrán llevar a cabo, directamente, mediante sus escuelas de formación, por medio de convenios con otras entidades o a través de entidades… - Artículo 59. La Academia de Seguridad Pública de Extremadura
1. La Academia de Seguridad Pública de Extremadura, creada por la Ley 1/1990, de 26 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, dependerá…
Capítulo V. Acreditaciones profesionales
- Artículo 60. Acreditaciones profesionales
Reglamentariamente se desarrollará para el personal funcionario de las Policías Locales de Extremadura el régimen y procedimiento de evaluación, llevado a cabo por la… - Artículo 61. Carrera profesional
Las referidas competencias profesionales del artículo anterior serán tenidas en cuenta a los efectos de promoción interna, concursos, carrera profesional horizontal y…
Otras partes de la Ley 7/2017
Título V en el texto completo · Todas las leyes del temario
Texto consolidado del BOE. PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.