Título IV de la Ley 8/2011: Violencia de género
Artículos 76 a 95 · texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Los 20 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 5 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Capítulo I. Disposiciones generales
- Artículo 76. Disposiciones generales
1. La Junta de Extremadura, sin perjuicio de las competencias que de acuerdo con la ley correspondan a la Administración General del Estado o a las administraciones… - Artículo 77. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
1. Corresponde a la Junta de Extremadura: a) Definir la política general para luchar contra la violencia de género, a través de los Planes de Sensibilización…
Capítulo II. Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva
- Artículo 78. Derecho a la atención efectiva
1. La Junta de Extremadura, en el ámbito de sus competencias, prestará una atención real y efectiva a las mujeres víctimas de violencia de género o en riesgo de… - Artículo 79. Identificación de las situaciones de violencia de género · 1 pregunta
A efectos de acceder a los derechos de atención establecidos en este capítulo, constituyen medios de prueba calificados para la identificación de las situaciones de… - Artículo 80. Contenido del derecho a la protección efectiva · 1 pregunta
Las Administraciones Públicas de Extremadura, en colaboración con la Administración General del Estado, dentro de los ámbitos competenciales correspondientes en esta… - Artículo 81. Derecho a la atención y la asistencia sanitarias específicas
Las mujeres que sufren cualquier forma de violencia de género tienen derecho a una atención y una asistencia sanitarias especializadas. Dicha atención contempla: a) La… - Artículo 82. Derecho a la información, atención y asistencia jurídica
1. Los poderes públicos de Extremadura velarán para que en todos sus servicios de atención e información a víctimas de violencia de género, así como en los de las… - Artículo 83. Derecho a la atención social
1. Las Administraciones Públicas de Extremadura promoverán medidas para facilitar el normal desenvolvimiento de la vida de las mujeres que sufren cualquier forma de…
Capítulo III. Organización institucional
- Artículo 84. Instituto de la Mujer de Extremadura
1. El Instituto de la Mujer de Extremadura, además de las funciones que tiene atribuidas por su ley de creación y por la presente ley, es el organismo vertebrador para… - Artículo 85. Comisión Permanente para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género en Extremadura · 1 pregunta
1. La Comisión Permanente para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género, adscrito a la Consejería competente en materia de Igualdad, es el organismo de… - Artículo 86. Coordinación institucional en materia de violencia de género
La coordinación institucional en materia de violencia de género se realizará en el seno de la Comisión Permanente para la Prevención y Erradicación de la Violencia de…
Capítulo IV. Red extremeña de atención a las víctimas de violencia de género
- Artículo 87. Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género. Definición y estructura de la Red
1. Por la presente ley se crea la Red Extremeña de Atención a Víctimas de Violencia de Género, cuyos dispositivos y la relación entre los mismos serán regulados… - Artículo 88. Servicios de la Red
1. La Red Extremeña de Atención a Víctimas de Violencia de Género garantizará los siguientes servicios: a) De Emergencia: que deben asegurar la prestación de los…
Capítulo V. Intervención integral contra la violencia de género
- Artículo 89. El Plan para la Sensibilización, Prevención y Erradicación de la Violencia de Género · 1 pregunta
El Plan para la Sensibilización, Prevención y Erradicación de la Violencia de Género es el instrumento de planificación aprobado por el Gobierno de la Junta de… - Artículo 90. Protocolo Interdepartamental para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género
1. El Protocolo Interdepartamental para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género contemplará los itinerarios y procedimientos de intervención en materia… - Artículo 91. Sobre otros protocolos para una intervención coordinada contra la violencia de género
1. La Junta de Extremadura, a través del Instituto de la Mujer de Extremadura, impulsará la elaboración, por las diferentes Administraciones Públicas de la Comunidad… - Artículo 92. Actuaciones de sensibilización, prevención e información
1. En el Plan para la Sensibilización, Prevención y Erradicación de la Violencia de Género se incluirán los criterios y programas de sensibilización y prevención contra… - Artículo 93. Sobre la atención de emergencia y especializada · 1 pregunta
1. La Junta de Extremadura, a través de la Red Extremeña de Atención a las Víctimas de Violencia de Género, garantizará la atención jurídica, social y psicológica a las… - Artículo 94. Sobre la atención complementaria
Se considerará que una acción necesaria para la erradicación de la violencia de género y la protección de las mujeres víctimas de ella, es la intervención reeducativa… - Artículo 95. Formación de profesionales e investigación
1. La Junta de Extremadura, a través del Centro de Estudios de Género del Instituto de la Mujer de Extremadura, promoverá la formación especializada en materia de…
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