Título II de la Ley 8/2016: Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI
Artículos 10 a 21 · texto consolidado del BOE, actualizado a 15/01/2026
Los 12 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 5 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Capítulo I. Profesionales que actúan en ámbitos sensibles
- Artículo 10. Formación y sensibilización · 2 preguntas
1. Las administraciones públicas de las Illes Balears garantizarán la formación y la sensibilización adecuada de los profesionales que realizan tareas de prevención… - Artículo 11. Deber de intervención · 3 preguntas
1. Los y las profesionales a que hace referencia el artículo 10, si tienen conocimiento de una situación de riesgo o tienen una sospecha fundamentada de discriminación…
Capítulo II. Sectores de intervención
- Artículo 12. Educación
1. A los efectos de esta ley, se entiende por coeducación la acción educativa que potencia la igualdad real de oportunidades y la eliminación de cualquier tipo de… - Artículo 13. Universidades
1. Los principios de no discriminación y de respecto a la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género son aplicables al ámbito universitario. 2.… - Artículo 14. Cultura, ocio y deporte
1. Las administraciones públicas de las Illes Balears velarán para que en el ámbito de la cultura, el ocio y el deporte, se fomente la sensibilización y no haya… - Artículo 15. Medios de comunicación
1. El Consejo Audiovisual de las Illes Balears, en relación con los medios de comunicación: a) Velará para que el código deontológico de los medios de comunicación no… - Artículo 16. Salud
1. El sistema sanitario de las Illes Balears incorporará la perspectiva de género y tendrá en cuenta las necesidades específicas de las personas LGTBI, con el fin de… - Artículo 17. Acción social
1. Las administraciones públicas de las Illes Balears dedicarán especial atención a niños, adolescentes y jóvenes LGTBI que estén en situación de vulnerabilidad o… - Artículo 18. Participación y solidaridad
1. En los ejes de las políticas de cooperación y fomento de la paz y de los derechos humanos que lleve a cabo el Gobierno de las Illes Balears a favor del desarrollo…
Capítulo III. Mercado de trabajo
- Artículo 19. Integración del derecho a la igualdad de trato y oportunidades de las personas LGTBI
1. La consejería competente en materia de trabajo tendrá en cuenta, en sus políticas, el derecho de las personas a no ser discriminadas por razón de orientación sexual… - Artículo 20. Medidas y actuaciones para la ocupación
La consejería competente en materia de trabajo: a) Garantizará de una manera real y efectiva, en colaboración con la consejería competente en materia de función…
Capítulo IV. Familias
- Artículo 21. Las familias LGTBI
1. Las familias disfrutan de la protección jurídica que determina la ley, que ampara sin discriminación las relaciones familiares derivadas del matrimonio, la…
Otras partes de la Ley 8/2016
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