Artículo 593.
Se impondrá la pena de prisión de ocho a quince años a quien violare tregua o armisticio acordado entre la Nación española y otra enemiga, o entre sus fuerzas beligerantes.
Libro II. Delitos y sus penas › Título XXIII. De los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional › Capítulo II. Delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado · Texto consolidado del BOE, actualizado a 09/04/2026
Se impondrá la pena de prisión de ocho a quince años a quien violare tregua o armisticio acordado entre la Nación española y otra enemiga, o entre sus fuerzas beligerantes.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 09/04/2026.
Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.
Este artículo en el texto completo del Código Penal · Libro II completo · Libro II, título XXIII completo · Todas las leyes del temario
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.