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Artículo 2 de la Ley Orgánica 9/1983

Texto consolidado del BOE, actualizado a 16/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-1983-19946)

Artículo segundo.

Se podrá ejercer el derecho de reunión sin sujeción a las prescripciones de la presente Ley Orgánica, cuando se trate de las reuniones siguientes:

a) Las que celebren las personas físicas en sus propios domicilios.

b) Las que celebren las personas físicas en locales públicos o privados por razones familiares o de amistad.

c) Las que celebren los Partidos políticos, Sindicatos, Organizaciones empresariales, Sociedades civiles y mercantiles, Asociaciones, Corporaciones, Fundaciones, Cooperativas, Comunidades de propietarios y demás Entidades legalmente constituidas en lugares cerrados, para sus propios fines y mediante convocatoria que alcance exclusivamente a sus miembros, o a otras personas nominalmente invitadas.

d) Las que celebren los profesionales con sus clientes en lugares cerrados para los fines propios de su profesión.

e) Las que se celebren en unidades, buques y demás establecimientos militares, que se regirán por su legislación específica.

Se modifica la letra e) por la disposición final 1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. .

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 16/12/2025. La nota en gris dice qué norma cambió el artículo y cuándo.

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  1. Según el artículo 2 de la Ley Orgánica 9/1983, ¿cuál de las siguientes reuniones SÍ queda sujeta a las prescripciones de esa ley?

    1. La que celebran personas físicas en su propio domicilio
    2. La de un partido político en un local cerrado, solo para sus afiliados
    3. La de una asociación en una plaza pública, abierta a cualquiera
    4. La de un profesional con sus clientes en un lugar cerrado
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    c) La de una asociación en una plaza pública, abierta a cualquiera. Art. 2 LO 9/1983: quedan fuera de la ley, entre otras, las reuniones en los propios domicilios, las de profesionales con sus clientes en lugares cerrados y las de entidades en lugares cerrados para sus miembros.

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