Artículo 107
El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.
Título IV. Del Gobierno y de la Administración · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/05/2026
El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/05/2026.
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Según el artículo 107 de la Constitución, el supremo órgano consultivo del Gobierno es:
c) El Consejo de Estado. Art. 107 CE: el Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno; una ley orgánica regula su composición y competencia.
¿Qué órgano define el art. 107 CE como supremo órgano consultivo del Gobierno?
c) El Consejo de Estado. El art. 107 CE: el Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno; su composición y competencia las regula una ley orgánica.
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