PoliciaOpo
Premium

Artículo 76 de la Ley 11/2016: Educación

Título V. Violencia machista › Capítulo I. Principios generales › Sección 2. ª Atención y protección a las víctimas · Texto consolidado del BOE, actualizado a 15/01/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2016-7994)

Artículo 76. Educación.

En las condiciones que se fijen reglamentariamente y de acuerdo con su situación socioeconómica, las mujeres víctimas de violencia machista, y sus hijas e hijos, deberán tener un trato preferente en el acceso a las escuelas financiadas total o parcialmente con fondos de las administraciones públicas, con garantía del derecho a la escolarización inmediata, así como en el acceso a becas para sus hijas e hijos y a otras ayudas o servicios existentes en el ámbito educativo.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 15/01/2026.

Qué preguntan de este artículo

Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley 11/2016 · Título V completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.