PoliciaOpo
Premium

Tema 33: Autorizaciones administrativas: permisos, licencias y vehículos

Policía Local de Canarias · Escala Básica, empleo de Policía

Estudia el tema 33 y haz su test

Epígrafe oficial

Las autorizaciones administrativas. Permisos y licencias de conducción. Permisos de circulación y documentación de los vehículos. La matriculación. La declaración de nulidad o lesividad y pérdida de vigencia. Suspensión cautelar.

Resumen

Las autorizaciones administrativas de tráfico están en el título IV del texto refundido de la Ley de Tráfico (RDL 6/2015, LTSV, arts. 59-73), desarrollado por el Reglamento General de Conductores (RD 818/2009) y el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998). Regla general (art. 59 LTSV): para garantizar la aptitud de los conductores y la idoneidad de los vehículos, la circulación de vehículos a motor y ciclomotores requiere una autorización administrativa previa. La tenencia de la autorización puede acreditarse con su presentación física o digital.

Permisos y licencias de conducción (art. 61 LTSV). Para conducir vehículos a motor y ciclomotores hay que obtener antes el permiso o la licencia, que verifica la capacidad, los conocimientos y la habilidad del conductor. Pueden tener vigencia limitada en el tiempo, y su vigencia depende también de no haber perdido el crédito de puntos. Los permisos y licencias son de otorgamiento y contenido reglados (art. 1 RGCond) y nadie puede ser titular de más de un permiso expedido por un Estado de la UE o del EEE.

Clases y edades (art. 4 RGCond): AM (ciclomotores y cuatriciclos ligeros), desde los 15 años; A1 (motocicletas de hasta 125 cm³ y 11 kW), 16; A2 (motocicletas de hasta 35 kW), 18; A (todas las motocicletas), 20; B (automóviles de hasta 3.500 kg y hasta ocho pasajeros además del conductor), 18; y las clases de camiones (C1, C) y autobuses (D1, D), con sus variantes con remolque (+E). Para el permiso A hay que tener el A2 con al menos dos años de antigüedad, y para C1, C, D1 y D hay que tener el B (art. 5).

Vigencia (art. 12 RGCond): los permisos de camiones y autobuses (C1, C, D1, D y sus +E) duran cinco años mientras el titular no cumpla 65 y tres años a partir de esa edad; los demás permisos y las licencias, diez años hasta los 65 y cinco años después. El permiso caducado no autoriza a conducir y su uso da lugar a su intervención inmediata por los agentes.

Permiso por puntos (arts. 63-65 LTSV). El crédito inicial es de 12 puntos, y de 8 para los noveles con menos de tres años de antigüedad y para quienes vuelven a obtener el permiso tras perderlos todos (art. 63). Quien no es sancionado gana dos puntos en los tres primeros años y uno en los tres siguientes, hasta un máximo de 15. Los puntos se pierden por sanción firme en vía administrativa de infracciones graves o muy graves con pérdida de puntos (anexo II). No se pierden más de 8 puntos en un día, salvo en ciertas infracciones muy graves (art. 64.4). Tras dos años sin sanciones se recupera el crédito inicial de 12 puntos (art. 65).

Permiso y licencia de circulación (art. 66 LTSV). Para circular, los vehículos deben tener antes el permiso de circulación, que verifica que funcionan bien y cumplen las prescripciones técnicas; se prohíbe circular sin él. Los vehículos y sus componentes deben estar homologados o haber pasado una inspección técnica unitaria, e identificarse con marcas grabadas; sus características constan en la tarjeta de inspección técnica, que recoge también las reformas y las inspecciones (art. 67).

Documentación (art. 26 RGV): el conductor debe llevar y exhibir a los agentes el permiso de circulación (o la licencia, en ciclomotores) y la tarjeta de inspección técnica (o el certificado de características, en ciclomotores). Hoy puede acreditarse también en formato digital (art. 59.1 LTSV). Si cambia algún dato del Registro de Vehículos, el titular tiene 15 días para comunicarlo (art. 30.2 RGV).

Matriculación (art. 68 LTSV y arts. 25-28 RGV). Para circular, los vehículos a motor y los remolques y semirremolques de más de 750 kg deben matricularse y llevar las placas con los caracteres asignados; los ciclomotores, en los términos reglamentarios. La matrícula es única para cada vehículo, salvo excepciones. La solicita el propietario, el arrendatario con opción de compra o el arrendatario a largo plazo, ante la Jefatura de Tráfico de su domicilio. Deben matricularse en España los vehículos que usan en territorio español personas residentes o con establecimiento en España.

Nulidad, lesividad y pérdida de vigencia (arts. 69-71 LTSV). Las autorizaciones pueden declararse nulas o lesivas con el procedimiento administrativo común (art. 69). Su vigencia depende de que se mantengan los requisitos; la Jefatura Central de Tráfico puede declarar la pérdida de vigencia si desaparecen los requisitos de conocimientos, habilidades o aptitudes psicofísicas, tras dar al interesado la posibilidad de acreditarlos (art. 70). Si se pierden todos los puntos, la Jefatura declara la pérdida de vigencia y lo notifica en quince días; no se puede obtener un nuevo permiso hasta pasados seis meses (tres meses para profesionales), o doce meses si se reincide en los tres años siguientes (art. 71).

Suspensión cautelar (art. 72 LTSV). En los procedimientos de nulidad, lesividad o pérdida de vigencia se acuerda la suspensión cautelar de la autorización cuando mantenerla suponga un grave peligro para la seguridad del tráfico; la autoridad ordena, por resolución motivada, su intervención inmediata y las medidas necesarias para impedir su uso. Tras una condena penal de privación del derecho a conducir de más de dos años, el permiso pierde vigencia y, cumplida la condena, se obtiene de nuevo con 8 puntos (art. 73).

Claves para el examen

Truco

Puntos, «12-8-15-2»: 12 al empezar, 8 si eres novel o vuelves a sacarlo, 15 como máximo con bonificaciones y 2 años sin sanciones para recuperar los 12. Edades de las motos, «15-16-18-20»: AM, A1, A2 y A.

Vídeos recomendados

Ver el test del tema 33 (25 preguntas, Premium)

← Tema 32 · Tema 34 →

Otros temas de D) Tráfico y seguridad vial (30-34)

Más de Policía Local de Canarias

Los 40 temas · Convocatorias de Policía Local en Canarias · Simulacro · Policía Local de otras comunidades · Convocatorias de toda España · Temario de Policía Nacional