PoliciaOpo
Premium

Artículo 20 de la Ley 4/2024: Derechos reproductivos de las personas trans

Capítulo III. Atención sanitaria de las personas trans e intersexuales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2024-4867)

Artículo 20. Derechos reproductivos de las personas trans.

1. Se garantizará el acceso a las técnicas de reproducción asistida a todas las personas con capacidad de gestar que así lo deseen, independientemente de su identidad sexual, así como a las parejas de las personas trans.

2. Se les ofrecerá a las personas trans la posibilidad de congelar tejido gonadal y células reproductivas para su futura recuperación, siempre que clínicamente sea viable, independientemente de si la persona trans había iniciado previamente o no cualquier tipo de tratamiento hormonal.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 20/12/2025.

Qué preguntan de este artículo

Ninguna pregunta de los tests de PoliciaOpo cita todavía este artículo, pero la norma entra entera en el temario: el texto oficial es lo que se pregunta.

En el temario

Artículos relacionados

Este artículo en el texto completo de la Ley 4/2024 · Capítulo III completo · Todas las leyes del temario

El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). PoliciaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.